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Documento más antiguo de la historia de la comunidad de Alfredo V. Bonfil, Campeche

  • Foto del escritor: Aarón  Enrique Pérez Durán
    Aarón Enrique Pérez Durán
  • hace 7 días
  • 2 Min. de lectura

Aarón Enrique Pérez Durán

Historiador

Cronista del Municipio de Campeche


El 15 de julio de 1973, dos meses después del arribo de los primeros campesinos, el 12 de mayo del mismo año, con el propósito de fundar el Nuevo Centro de Población de Alfredo V. Bonfil, liderados por Filiberto Marín Medrano, Donaciano Sauceda Castillo y Ramiro Hernández Hernández, se realizó, en conjunto con todos los campesinos, la solicitud de la creación del Nuevo Centro de Población Ejidal Alfredo V. Bonfil, ante el profesor Omar C. Esperón Villavicencio, delegado del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización y la Comisión Agraria Mixta del Estado de Campeche, siendo este el documento más antiguo que hemos localizado en el archivo histórico del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Campeche, con fecha del 21 de julio de 1973, acerca de la historia de la comunidad y que a la letra dice:

 

“Estados Unidos Mexicanos. Gobierno del Estado de Campeche. Comisión Agraria Mixta. Campeche, Cam.”

“C. Delegado del Departamento de Asuntos, Agrarios y Colonización.

Los suscritos radicados en el poblado de Campeche, Municipio del mismo nombre de esta Entidad Federativa, por carecer en lo absoluto de terrenos propios, a usted atentamente solicitamos con fundamento en los Artículos 198, 209, ,201, 202, 327 y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria, la creación de un Nuevo Centro de Población Ejidal, manifestando bajo protesta de decir verdad, que somos campesinos y que nuestra ocupación habitual es el cultivo de la tierra. Al constituirse el Nuevo Centro de Población Ejidal, se denominará Alfredo V. Bonfil, ubicado en la zona de Edzná, para lo cual con fundamento en lo que establece el Artículo 327 de la citada Ley, señalamos como de posible afectación el (los) predio (s) Tacubaya, Hda. Lubná, Hontún, Nilúm, El Destino, San José Carpizo y San Manuel Holuché. De conformidad con los artículos 17 y 18 de la Ley Agraria, proponemos a las siguientes personas para que constituyan nuestro Comité Particular Ejecutivo, los que abajo protesta de decir verdad, satisfacen los requisitos establecidos por el Artículo 19 de la misma Ley.”

Presidente: Filiberto Marín Medrano

Suplente: Esteban Ávila Perfecto

Secretario: Ramiro Hernández Hernández

Suplente: Agustín Obregón de la Rosa

Vocal: Donaciano Sauceda Castillo

Suplente: Bernardino Contreras, Tovanche”.

“Agregamos a la presente solicitud, Acta de la Asamblea General en la que se les designó con la intervención del Vocal Representante de los campesinos de la Comisión Agraria Mixta o del Departamento de Asuntos, Agrarios y Colonización. En cumplimiento de lo establecido por el Artículo 327 de la Ley Federal de la Reforma Agraria, declaramos en forma expresa nuestra conformidad de trasladarnos al sitio donde se establezca el Nuevo Centro de Población Ejidal que solicitamos y nuestra decisión de arraigar en él”. 15 de julio de 1973. Campeche, Cam. Protestamos los necesarios. Presidente: Filiberto Marín Medrano, Suplente: Esteban Ávila Perfecto; Secretario: Ramiro Hernández Hernández, Suplente: Agustín Obregón de la Rosa; Vocal: Donaciano Sauceda Castillo, Suplente: Bernardino Contreras, Tovanche. C. Firmas.



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